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– Dos recursos legales impulsados por Sonora Ciudadana AC logran hacer valer la gratuidad, el libre acceso y reproducción de la información pública en el registro público.

Hermosillo, Sonora.- Los cobros e impuestos que el Instituto Catastral y Registral del Estado de Sonora (Icreson) o Registro Público, aplica en la emisión de documentos públicos son inconstitucionales, aseguró la directora de Sonora Ciudadana, Leticia Cuesta Madrigal.

 

Fueron dos juicios de amparo los requeridos para demostrar tanto al juez primero de distrito del estado de Sonora Antonio Mora Diez en la sentencia del juicio 320/2017; así como por Domingo Romero Morales Juez décimo primero  de distrito en el amparo 268/2017 que la búsqueda y reproducción (copias) de la información registral deben estar libres de impuestos y no  representar un cargo inequitativo para quien ejerce su derecho de acceso a la información pública.

 

Cuesta Madrigal explicó que la información que resguarda el Icreson, debe garantizar la certeza jurídica al ciudadano sobre sus bienes e inversiones, el acceso pleno a sus escrituras archivadas y reproducción de sus documentos de manera libre y justa; además que de acuerdo al Artículo 6to Constitucional la información pública debe ser gratuita o a bajo costo en la reproducción, por lo tanto con esa normatividad se transgrede el principio de gratuidad en el acceso a la información pública.

 

“Nuestra información pública debe ser gratuita o en su caso a bajo costo y en el Icreson para solamente obtener un dato, como el número registral de sus escrituras, al ciudadano le cobran 240 pesos para realizar la búsqueda y otorgarle ese folio, porque agregan impuestos adicionales. Además, sí desea una copia de su documento, ahí cada hoja le cuesta 26 pesos, porque también le incluyen los impuestos, esto es inconstitucional y un agravio para el ciudadano. El Estado debe ofrecer servicios y los precios deben representar el costo de reproducción”, declaró Leticia Cuesta Madrigal Directora Ejecutiva de Sonora Ciudadana AC.

 

Los juicios de amparos 320/2017 y 268/2017 iniciados por Sonora Ciudadana AC argumentan que la Ley de Hacienda del Estado de Sonora establece costos excesivos, desproporcionados e impuestos adicionales por copias que provocan que una hoja cueste mil 200% más en comparación con los servicios comerciales de fotocopiado, pues en Icreson por cada copia se pagan 26 pesos, mientras que en un negocio de fotocopiado puede costar hasta dos pesos cada una.

Otro logro

Durante el proceso jurídico también se logró que se retirará de las oficinas del registro público un cartel que prohibía a las personas realizar fotografías a las escrituras y documentos archivados por la dependencia; restricción que obliga al ciudadano a realizar el trámite de copias.

 

Leticia Cuesta Madrigal narró que a los ciudadanos se les impedía tomar fotografías del documento de su interés, pues para la consulta física del documento se debía pagar el importe por copia certificada.

 

De tal manera que un ciudadano, al llenar la solicitud de copias certificadas, pasa a caja de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Hacienda a realizar el pago de $238.00 pesos por concepto de 14 copias de escritura pública, $42.00 pesos por concepto de Contribución al Fortalecimiento Infraestructura Educación, $42.00 pesos por concepto de Impuesto al Sostenimiento de la Universidad de Sonora, y $42.00 pesos por concepto de Contribución C.E.C.O.P, arrojando la cantidad de $364.00 pesos.

 

“La prohibición del Icreson de poder obtener la información registral de manera digital, viola el derecho humano al progreso científico y sus aplicaciones previsto en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Políticos y Sociales, que establece que los Estados Partes reconocen el derecho a toda persona de gozar de los beneficios del progreso científico y sus aplicaciones,”  aclaró Cuesta Madrigal.

 

El uso de las nuevas tecnologías, al ser catalogado como un derecho humano, y estar comprendido tanto en los tratados internacionales como en nuestra Constitución, no deben ser restringidos de manera arbitraria por las autoridades, máxime si en la Ley Catastral y Registral del Estado de Sonora, no existe impedimento legal para permitir a los particulares reproducir electrónicamente las escrituras públicas contenidas en sus archivos.

 

Para concluir la Directora Ejecutiva de Sonora Ciudadana señaló que existen dos caminos para garantizar la gratuidad, el libre acceso y la reproducción de la información pública de manera permanente; uno, que las autoridades modifiquen el artículo 321 fracción IV inciso E de la Ley de Hacienda del Estado de Sonora y se establezca una tarifa justa por el cobro de copias y deroguen los artículos 246, Frac I; 248, Frac. I; 249; 250; 252; 289; 292; 292BIS; 292 BIS2 y 299, que establecen los impuestos adicionales al pago por servicios y, el segundo es, que ante la falta de voluntad política de nuestros representantes buscar jurisprudencia y seguir el camino que ha recorrido “Beatriz”.

 

De acuerdo a una solicitud de acceso a la información pública, solo en 2016 se recaudaron $2,313,064  pesos por fotocopias; además por concepto de información, lo cual se refiere al proceso en el que un ciudadano va al registro público y solicita su número de escritura, cobraron $2,621,590 pesos el mismo año.

 

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