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El uso de las tecnologías de la información resulta normal para el desarrollo de las actividades cotidianas de la sociedad actual, situaciones y acciones que antes solamente se veía a finales del Siglo XX como asuntos de ciencia ficción – cómo en minority report – hoy son acciones que se prestan a burla en aquellos que no están actualizados o que no forman parte de la sociedad digital.

No obstante la vida en el ciberespacio y a través de las tecnologías de la información envuelven a todos a través de claves bancarias, redes sociales, números de servicio de seguridad social, transacciones económicas, llamadas telefónicas y mensajería instantánea a través de diversos medios, los datos gubernamentales y de las empresas, todos en una red mundial con acceso ilimitado a través de la internet por medio de dispositivos móviles o fijos al acceso de millones de personas.

En Latinoamérica, el incremento en el uso de redes sociales viene de la mano con la penetración del Internet. Mientras que en 2005 únicamente el 17% de la población de la región podía acceder a Internet, diez años más tarde esta cifra ha aumentado a 53%, de acuerdo con el Banco de Desarrollo de América Latina (CAF)[1].

Además actualmente, cerca del 65% de los latinoamericanos hacen uso de las redes sociales. El diarioEl Paíspublicó en 2016 los resultados de una investigación que reportaba a Paraguay, Costa Rica, Uruguay, México y  Ecuador como los cinco países que registran mayor nivel de uso de redes sociales en proporción a su población, los porcentajes se encontraban entre 83% y 73%.

En México en el 2018 existen 79.1 millones de usuarios de internet[2]lo que indica que 2 de cada 3 mexicanos cuentan con acceso, significando que el 67% de la población es usuario, el mayor tráfico en internet de los usuarios mexicanos de internet se registra en los horarios que van de las 6 a las 9 hrs y el periodo comprendido entra las 21 y las 24 hrs. El horario de menor tráfico se ubica entre las 12 y las 14 hrs.

Ante este uso y la exposición de las personas, los usuarios sin distingo de edad, sexo o condición particular alguna, su privacidad se ve vulnerada por lo que publican o no, sino porque la privacidad en un concepto amplio constituye, como referente de la protección de los datos personales, una nueva prerrogativa fundamental que forma parte del catálogo de derechos ciudadanos.

En promedio una persona llega a revisar su Smartphone alrededor de 150 veces al día para ver qué ocurre en sus redes sociales y correo electrónico[3], así como otras aplicaciones de diversas

categorías (trabajo, salud, hora, clima, entre otras), 9 de cada 10 usuarios prefieren conectarse a través de los teléfonos celulares, siendo las redes sociales más utilizadas Facebook, Whatsapp, Youtube, Twitter e Instagram, en ese orden.

A su vez para inicios del año 2017 las tarjetas de crédito en México alcanzaron un total de 27 millones y medio, de acuerdo al reporte de CONDUSEF. El 25% de las personas que usan internet, realiza una compra de comercio electrónico, mientras que Estados Unidos concreta el 64% de comercios donde se realizan compras electrónicas, seguido por Asia con un 36 %[1].

¿Qué retos representa esto en una sociedad digital que crece de manera exponencial?

Las actividades que realizan los usuarios de internet involucran no solamente una situación intangible sino que conlleva repercusiones legales al patrimonio de las personas, sino también a sus derechos humanos, pues son vinculantes a su desarrollo personal por medio de la libre voluntad al momento de realizarlos.

Los datos personales, la información que cada persona tiene u obtiene de la red, son invaluables y lo que se puede hacer con ellos es poder, “No hay nada gratis en internet. Mucha gente lo que no sabe es que dar sus datos en páginas web es dar dinero”, dijo a BBC MundoIgnacio Suárez, abogado especializado en Derecho en Internet y protección de datos[2].

Por tanto en ese ciberespacio y por medio de uso ilícito, los datos, la información e identidad de sus usuarios es como se comenten los delitos informáticos, el Manual de Delitos Informáticos del Departamento de Justicia de los Estados Unidos de Norteaméricadefine los delitos informáticos de la siguiente manera: “El delito informático es cualquier violación de la ley penal que implique el conocimiento de la tecnología informática para su perpetración, investigación, o enjuiciamiento”.

Es un concepto adecuado pues toma por principio que estos encuadran en la ley penal, que su uso es a través de las tecnologías de información haciendo referencia a los diferentes dispositivos, pero sin tomar en cuenta otros factores como el ciberespacio y el internet.

En este entramado virtual, entendiendo que el ciberespacio es el lugar no físico donde se realizan actividades informáticas, no obstante que es la red interdependiente de infraestructura y tecnologías de la información, esto a nivel mundial que está interconectada digitalmente y sus comunicaciones. El internet se entiende entonces como el medio de acceso al ciberespacio para el intercambio de información en cualquier y desde cualquier parte del globo.

El Convenio de Ciberdelincuenciacelebrado en el 2001 en Budapest señala los siguientes delitos dentro de los informáticos:

  1. Acceso ilícito.
    1. Interceptación ilícita.
    2. Ataques a la integridad de los datos.
    3. Ataques a la integridad del sistema.
    4. Abuso de los dispositivos.
    5. Falsificación.
    6. Fraude informático.
    7. Pornografía infantil.
    8. Delitos relacionados con infracciones de la propiedad intelectual y de los derechos afines.

    A su vez existen conductas criminales que son reconocidas alrededor del mundo bajo el concepto o denominación de delitos informáticos, cómo el phising, pharming, spamming, hacking, cracking, robo de identidad, ciberterrorismo, malware, adware, sniffers, spyware por mencionar algunos.

    Al segundo trimestre de 2018, los fraudes cibernéticos crecieron 31% respecto del mismo período en 2017 representando cada año un aumento del 13% al 59% del 2013 al 2018, lo que representa la cantidad de 2’074,554 casos de este ilícito, ascendiendo a la cantidad de $4,412 millones de pesos, de acuerdo al informe de CONDUSEF de Reclamaciones de Usuarios Financieros.

    México es el segundo país de América Latina con más ataques cibernéticos, por lo que se debe actuar rápidamente para prevenir dichos ataques y evitar pérdidas monetarias o de información. Cerca de un millón y medio de personas se ven afectadas por delitos cibernéticos, con pérdidas por hasta 110,000 millones de dólares, destacó Mer Group[1].

    Algunos de los delitos cibernéticos más recurrentes encontrados por la policía cibernética en la Ciudad de México[2]son: Venta de droga por redes sociales; fraude; robo de identidad; extorsión; abuso sexual infantil; cybergrooming (contacto con menores); desafíos en la red, y cyberbulling. Pero solamente es en este Estado en el cual se cuenta con un cuerpo policial especializado y capacitado para la atención de estos ilícitos mientras en los demás Estados no se encuentra una Institución que atienda estas situaciones, la Comisión Nacional de Seguridad  por medio de la policía cibernética atiende, investiga y remite a los autoridades competentes los delitos informáticos.

    ¿A quién juzgar, cómo y sobre qué debe de serlo? Es sin lugar a dudas una pregunta que presenta un gran reto, pues se debe de entender después de lo expuesto, que la naturaleza de la acción ilícita, es supranacional y que estos mismos pueden tener su repercusión en este país mientras que son ejecutados desde otras latitudes y viceversa.

    La legislación mexicana encuentra de manera dispersa en sus ordenamientos conductas típicas y atípicas relacionadas con los delitos informáticos, Código Penal Federal, Ley de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, Ley de la Propiedad Industrial, Ley Federal del Derecho de Autor, Código de Comercio, pero sin existir una definición sobre ellos, que además presentan lagunas legales para dar seguimiento a los ilícitos.

    México no está preparado con mecanismos legales adecuados que hagan frente a la problemática, aun cuando se han reconocido el derecho humano a la información en la Constitución Mexicana, siguen sin poderse regular cuales casos deben de considerarse ilícitos, ciertas conductas que son ejecutadas a través del uso del internet.

    Existen por tanto los siguientes retos:

    1. Un código de delitos informáticos mundial que permita unificar definiciones principios jurídicos y normas de cooperación internacional.
    2. Una legislación nacional y estatal específica para los delitos informáticos que permita atender los ilícitos que causan daño al patrimonio y derechos de los usuarios del internet.
    3. La especialización de los encargados de impartir justicia en el País (Jueces, magistrados, Ministros de Justicia, entre otros).
    4. Potenciar la educación y cultura en la ciudadanía acerca de la importancia de proteger su privacidad en internet y las redes sociales.

    Sin embargo existen avances en el tema, por lo cual es importante identificar la legislación en la que se encuentran disposiciones que protejan el derecho humano a la información, además realizar una comparación con otros sistemas legales que puedan generar una homologación en términos y tipificación facilitando de esa forma seguimientos, investigación, captura y proceso de quienes realizan tales actividades delictivas por medio de las tecnologías de la informáticas a través de sus dispositivos, internet y el espacio virtual en el que se desarrollan.

    Lic. Manuel de Jesús Corral Bustamante

    #EligeCreer

  2. [1]IDC Online, 21 Febrero 2018. https://idconline.mx/corporativo/2018/02/21/mexico-pierde-110-000-mdd-en-delitos-ciberneticos[2]Heraldo de México: Enero 10 2018 Los delitos cibernéticos más recurrentes en las Ciudad de México. https://heraldodemexico.com.mx/cdmx/delitos-ciberneticos-cdmx/ Consultado el 22 Noviembre 2018.

 

[1]CONDUSEFhttps://www.condusef.gob.mx/gbmx/?p=estadisticas Consultado el 22 Noviembre 2018.

[2]Aradas, Anahí., (BBC: 16 Abril 2012), Nuestros datos personales son el nuevo petróleo. https://www.bbc.com/mundo/noticias/2012/04/120416_tecnologia_datos_personales_petroleo_aa Consultado el 22 Noviembre 2018.

 

[1]https://www.caf.com/es/temas/t/tic-y-telecomunicaciones/ Consultado el 22 Noviembre 2018.

[2]Martínez, León A., El Economista, 7 Gráficos sobre los usuarios de internet en México en 2018.(México: 17 de mayo 2018). https://www.eleconomista.com.mx/tecnologia/7-graficos-sobre-los-usuarios-de-internet-en-Mexico-en-2018-20180517-0077.html Consultado el 22 Noviembre 2018.

[3]Excélsior, Hacker: “¿Cuánto tiempo pasas en redes sociales?”(México: 02 Agosto 2018) Consultado el 22 Noviembre 2018 https://www.excelsior.com.mx/hacker/cuanto-tiempo-pasas-en-redes-sociales-facebook-te-lo-dira/1256253 .

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