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Nuestra alta prioridad ha sido cuidar y proteger la vida de los ciudadanos en nuestras carreteras, bajo la convicción de que no hay nada más valioso que la vida humana. Te compartimos el artículo que publicó el Secretario Gerardo Ruiz Esparza sobre el trabajo que hemos realizado en política de transporte.

En México, cerca de 56% de los bienes que se comercializa, se moviliza por la red de carreteras y autopistas del territorio nacional. Ante esta relevancia económica del transporte de carga, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes ha trabajado desde el inicio de la Administración en fortalecer los controles de seguridad para los vehículos de carga en todas sus configuraciones, incluyendo los camiones de doble remolque o “fulles”, que circulan en las carreteras federales. Nuestra alta prioridad ha sido cuidar y proteger la vida de los ciudadanos en nuestras carreteras, bajo la convicción de que no hay nada más valioso que la vida humana.

Para ello, se desarrolló una política de transporte basada en tres ejes fundamentales: el impulso a los proyectos de infraestructura, el fortalecimiento del marco regulatorio y la promoción de acuerdos internacionales que favorezcan la competitividad y crecimiento del país. El fortalecimiento del marco regulatorio tiene como uno de sus principales objetivos incrementar la seguridad de las personas; con la aplicación de mejores y nuevas normas, así como la decidida colaboración de los transportistas, hemos logrado reducir de manera significativa el número de accidentes en nuestras vías federales.

De acuerdo con estadísticas del Instituto Mexicano del Transporte, de la Policía Federal y del INEGI, el número total de accidentes en autopistas y carreteras federales se ha reducido en 50% durante estos casi seis años.

Cabe precisar que permitir o prohibir la circulación de una configuración específica del transporte de carga, como es el caso del doble remolque, rebasa el ámbito de competencia de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y recae en el ámbito del Poder Legislativo.

A continuación me permito destacar las principales medidas de seguridad establecidas en la presente Administración. En 2014 entró en vigor una nueva Norma Oficial Mexicana, la NOM-012 de pesos y dimensiones, que, entre otras disposiciones redujo de 45 a 40 pies el largo de los vehículos de carga; estableció un peso máximo de 75.5 toneladas para dobles remolques; fijó como velocidad máxima 80 km/h; restringió su circulación exclusivamente por carreteras de alta especificación y redujo de cinco a dos años la vigencia de las licencias para conducir este tipo de unidades, las cuales también deben contar con frenos ABS y suspensión neumática. Adicionalmente, se emitió una nueva NOM-068 sobre condiciones físico-mecánicas quedando homologada con las de Estados Unidos y Canadá; esta norma considera elementos para dejar fuera de circulación los vehículos que representan un riesgo. Así, ambas Normas, han permitido la disminución de riesgos en vías federales mediante la circulación de vehículos que cumplen con peso y dimensiones así como las condiciones físico-mecánicas.

Con motivo de lamentables accidentes que implicaron la pérdida de vidas y en respuesta a la inquietud social sobre la operación de los vehículos de doble remolque, de la mano del Poder Legislativo, el 26 de octubre de 2016 se realizó un foro en el Senado de la República con la participación de expertos de varias instituciones, para determinar si este tipo de configuración utilizada en diversos países y permitida en el nuestro desde 1978, debería continuar su operación o modificar su regulación.

En el foro participaron representantes de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la Policía Federal y la Comisión Federal de Competencia Económica, así como representantes de la industria del autotransporte, instituciones académicas y de investigación, así como familiares de las víctimas. Con base en los análisis y opiniones expresadas, un grupo de expertos de la UNAM, ITAM, Centro Mario Molina, Centro de Experimentación y Seguridad Vial y del Instituto Mexicano del Transporte se emitieron recomendaciones para realizar nuevas modificaciones a la NOM-012.

La nueva NOM-012, publicada el 26 de diciembre de 2017 y en vigor desde febrero de 2018, establece más requisitos para las unidades de doble remolque entre los que destacan que la unidad tenga un gobernador de velocidad para evitar que exceda los 80 km/h; permiso y placa para el sistema de acoplamiento (los Dolly) así como prever un respaldo de la información de la unidad que el permisionario pondrá a disposición de la SCT y Policía Federal. Además, deben contar con sistemas de frenos de última generación y con dispositivos de geoposicionamiento para la supervisión a distancia de las unidades.

De acuerdo con esta norma, para poder circular, las configuraciones de tractocamión doblemente articulado deberán tener autorización expresa emitida por la SCT; se trata de un distintivo para que todos los ciudadanos podamos saber qué vehículos sí pueden circular y podamos actuar con más facilidad en caso de que no se cumpla. El plazo para circular sin engomado venció el pasado 27 de junio y para facilitar el trámite, la SCT diseñó un procedimiento ágil, sin carga regulatoria ni económica para los permisionarios. En coordinación con las principales cámaras y organizaciones del sector se habilitaron oficinas en las ciudades de Culiacán, Guadalajara, Mexicali, México, Monterrey y Villahermosa. Hasta el 09 de agosto se habían emitido 132,352 autorizaciones, lo que equivale a un máximo de 44,117 “fulles”, debido a que tanto el tractocamión como remolque y semiremolque requieren autorización y engomado para cada uno. Es de mencionar que en los operativos efectuados entre el 10 y el 14 de julio pasado se revisaron 2,652 vehículos, de los cuales se sancionaron 336 y de éstos se retiró de la circulación a 162.

De esta manera, la nueva NOM-012 y los operativos que seguimos realizando con la Policía Federal, nos permiten incrementar la seguridad en las carreteras, reducir significativamente el número de unidades en circulación así como el número de accidentes.

Por otra parte, estadísticas de la Policía Federal indican que 80% de los accidentes en carreteras federales se deben a errores humanos del conductor. Por ello y como resultado también de las recomendaciones del grupo de expertos, recientemente se publicó la NOM-087 dirigida a regular el tiempo de conducción, pausas y descansos que deben cumplir los conductores de autotransporte federal. La entrada en vigor de la llamada “norma de fatiga” es un parteaguas en el desarrollo de nuestro marco regulatorio.

Durante estos casi seis años, en la SCT hemos trabajado con total compromiso en mejorar la seguridad vial en las carreteras federales, como lo constatan los positivos resultados de las medidas adoptadas y que nos motivan a redoblar esfuerzos para proteger la vida, el máximo valor del ser humano, y garantizar la seguridad de todos.

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