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Diálogo

David Figueroa O.

David Figueroa

Dejando atrás la intención (oculta) hay diversos posibles efectos tras la desaparición de ‘algunos’ fideicomisos en México, porque después del anuncio de la “desaparición” el Presidente ha aclarado que no serán todos, sino sólo algunos y además entre éstos puede haber excepciones. Entonces ¿desparecen o no?

En días posteriores a la declaración de Andrés Manuel López Obrador de ‘extinguir’ esta figura (como ya es costumbre) dadas las confusiones, dudas y a golpe de preguntas por la cantidad de recursos públicos que implican estas partidas, afines a su equipo y especialistas han aclarado algunas cosas: 

  1. Solamente se van a extinguir los que no tengan estructura organica.
  2. La cancelación de esos contratos implica un supuesto regreso de recursos a Tesorería por parte de quienes lo administraban.
  3. Fideicomisos relacionados con pensiones, planes de contingencia sanitaria, desastres naturales o compromisos de pagos de deuda pública no son parte de la ‘extinción’, es decir permanecerán.
  4. También quedan excluidos de la extinción los fideicomisos públicos, mandatos o análogos constituidos por mandato de Ley o Decreto Legislativo, su desaparición requiere reformas constitucionales o legales.
  5. Además, el decreto permite en cada caso, fundamentar una petición a la SHCP para no desaparecer ciertos fideicomisos específicos y en casos necesarios, el titular emitirá la autorización expresa. Si no se emite dicha autorización en un plazo de 10 días hábiles se tendrá como no autorizada.

Por todas estas excepciones e información que seguramente se irá desglosando, López Obrador corrigió el viernes pasado que el monto que el gobierno pudiera recuperar con este decreto es alrededor de 250,000 millones de pesos y no 740,000 millones como inicialmente se especuló.

La razón que el Ejecutivo ha dado para tal decisión es combatir la corrupción que este tipo de fondos “anidó” en los gobiernos pasados, para fortalecer los programas sociales para “los pobres” y apoyar la recuperación de la industria de la construcción.

Bueno, esta decisión llega cuando el país atraviesa el peor momento de la pandemia por Covid-19; cuando la actividad económica prácticamente se ha paralizado y la economía comienza a contraerse (más de lo que ya estaba) por este motivo.

Pero también llega, y es imposible no mirar en ese sentido, cuando a partir de la reforma a la ley de transparencia el 2019 todos los fideicomisos son sujetos obligados a rendir cuentas, del tipo que sean con o sin estructura; y no sólo los fideicomisos sino cualquier persona pública o privada que maneje recursos públicos, incluyendo los bancos.

¿Por qué es importante este dato?

Porque hasta antes de ello la ley refería reservación de información como el secreto fiscal y el secreto bancario (Art.142 de la Ley de Instituciones de Crédito) entre otros con el fin de proteger la vida privada y el patrimonio de las personas; a través de los fideicomisos el gobierno aprovechaba indirectamente esta disposición de la ley bancaria para no otorgar información sobre dichos recursos administrados por bancos o instituciones financieras.

De por sí la figura jurídica del fideicomiso siempre ha sido opaca en su operatividad. Por la versatilidad de acción que ofrece a través de un solo acto jurídico (acta constitutiva) ha habido un abuso en su utilización para ejercer recursos del presupuesto con múltiples opciones de poca o nula rendición de cuentas. 

Por ejemplo, partidas que no fueron ejercidas al final del año se mandan a un fideicomiso y se gastan en un futuro rompiendo el principio de anualidad del presupuesto y rendición de cuentas, porque este dinero nunca aparece como subejercicio y se puede aplicar sin que necesariamente haya llegado a los beneficiarios que el presupuesto contemplaba en sus partidas. Gracias al fideicomiso todo aparece en regla, no hay sanciones ni preguntas.

Otro tema es que parte del dinero público está en fideicomisos privados, que hasta antes de la Ley Anticorrupción del 2019 la Auditoría Superior de la Federación no tenía facultades para auditar, aun cuando fuera dinero público. 

Y lo peor, los fideicomisos sin estructura, es decir de plano ni siquiera cuentan con un comité técnico a quién acudir para saber qué se hizo con ese recurso, son contratos en papel. De ese tamaño el abuso y la impunidad que por décadas se ha generado.

En conclusión, hay muchos motivos sólidos y eventuales (como la necesidad de obtener recursos para hacer frente a la emergencia económica por la pandemia), para eliminar los fideicomisos, lo que no queda claro es porqué sólo los fideicomisos ‘sin estructura’ si el nivel de impunidad, opacidad y abuso presupuestal está presente en todos, sean del tipo que sean, de una forma u otra.

Y por qué justo cuando a partir de este año serían sujetos obligados, es decir podrían ser fiscalizados. ¿Es que hay que lanzar el salvavidas a algunos? al fin ya desaparecidos nadie puede pedirles cuentas. 

El Presidente tiene mucha razón cuando dice que los fideicomisos son fuente de corrupción, pero entonces por qué no desaparecer la figura como tal sin medias tintas? ¿Por qué limitarse a cancelar algunos contratos y además con excepciones honrosas a criterio del Secretario de Hacienda, aun cuando sean sin estructura? De nuevo la ambigüedad entre el discurso y la acción.

¿Cuándo en México nuestras autoridades actuarán a la luz del día, sin intenciones ocultas o verdades a medias? ¿Cuándo el combate a la impunidad y la corrupción dejarán de ser un discurso político para convertirse en verdadero motor de desarrollo, legalidad y suelo parejo para todos?

Agradezco sus comentarios y retroalimentación a través del correo electrónico davidfigueroao@me.com; y en redes sociales: Twitter @DavidFigueroaO /Fb David Figueroa O.

Reseña: David Figueroa Ortega es empresario, Ex Cónsul de México en Los Ángeles y San José California; Ex Diputado Federal; Ex Alcalde de Agua Prieta; Ex Dirigente del PAN en Sonora.

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