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ÔÇó Deben autoridades consulares asegurarse que los datos y los documentos presentados por los solicitantes para registrar a un niño sean ciertos y legítimos.

Con el fin de que los consulados de nuestro país garanticen de manera segura el derecho a la identidad de los mexicanos nacidos en el extranjero, la diputada Kiki Díaz Brown presentó este jueves una iniciativa de reforma al artículo 44 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano.

En ese mismo sentido exhortó al titular de la Secretari╠üa de Relaciones Exteriores, a la titular del Poder Ejecutivo del Estado y a las Legislaturas de las Entidades Federativas del pai╠üs, para que celebren los convenios de colaboracio╠ün que marca dicha Ley.

La legisladora comentó que si bien es muy importante garantizar el derecho de identidad de los mexicanos en el extranjero, no lo es menos que ese derecho se garantice de manera correcta, es decir, que la autoridad debe asegurarse que los datos sean ciertos y los documentos presentados por los solicitantes sean legítimos, sobre todo cuando se trata de registrar desde un país extranjero, a través de los consulados mexicanos, los nacimientos de personas que presuntamente reúnen los requisitos para adquirir la nacionalidad mexicana.

“Es importante tomar estas medidas, no para poner trabas en el registro del nacimiento de mexicanos, sino para asegurarnos que las actas tramitadas ante la autoridad consular, no sean utilizadas para cometer hechos ilícitos en contra de las personas cuyo nacimiento se registre, o en contra de terceros, o que, peor aún, que se pretenda despojar de su verdadera identidad a menores de edad para fines perversos”, explicó Díaz Brown Ojeda.

Puso como ejemplo de esos fines perversos los casos de delitos de tráfico de personas, explotación sexual, adopciones ilegales, matrimonios con menores de edad, sustracción de menores y otros similares, donde no sólo se lesiona el interés superior del menor, sino el de sus familiares, el de la comunidad a la que pertenecen e incluso se puede llegar a afectar los intereses de la sociedad en la que pretende introducirse ilegalmente al menor.

Ante este riesgo que se presenta, es necesario modificar la Ley de Servicio Exterior Mexicano, precisamente para evitar los problemas que el legislador federal intenta combatir al otorgarle facultades a la autoridad consular para actuar en funciones de Juez del Registro Civil, con el propósito de que la Secretaría de Relaciones Exteriores tenga la obligación de celebrar los convenios de coordinación a que hace alusión dicha normatividad federal.

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