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El legislador explicó que buscan crear conciencia para inhibir esta inhumana práctica que va en contra de los derechos de los animales.

En la lucha por la defensa de los derechos de los animales, el diputado David Palafox propuso ante el Pleno del Congreso del Estado la adición de un artículo al Código Penal de Sonora, para castigar penalmente las lesiones y muertes de perros con motivo de la organización de peleas.

La iniciativa, que busca tipificar como delito la organización, promoción y participación directa o indirecta de las peleas de perros clandestinas en Sonora, fue turnada a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Al dar lectura al documento, el diputado David Palafox señaló que con esto se busca crear conciencia sobre las peleas de perros, las cuales se encuentran prohibidas en gran parte del mundo y, prácticamente, en todo el continente americano.

El legislador mencionó que la agenda legislativa personal y, del mismo Congreso, ha sido llevada de manera puntual a una exigencia ciudadana, enfocada a la protección de los derechos de los animales, así como a la protección del medio ambiente y del ser humano.

Palafox Celaya destacó que según datos del Instituto Nacional de Estadi╠üstica y Geografi╠üa (INEGI), México ocupa el tercer lugar en maltrato animal y, son los perros, de acuerdo al estudio, los animales que más maltrato sufren en nuestro país.

“Generalmente, estas peleas caninas suelen ser en solo dos modalidades ‘matar o morir’ y, en caso de sobrevivir, en muchas ocasiones los sobrevivientes son abandonados por estar muy maltratados o malheridos, quienes en el mejor de los casos son acogidos por algu╠ün refugio”, afirmó.

El también presidente de la Comisión Anticorrupción del Congreso local, indicó que actualmente en México sólo dos entidades (Baja California Sur y Puebla) contemplan como delito las peleas entre canes.

Con esta iniciativa se adecúan las leyes estatales con la legislación federal, pues el pasado 24 de enero se publicó╠ü en el Diario Oficial de la Federacio╠ün, el decreto por medio del cual se reforma el artículo 82 Bis 2 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, en cual se establece la prohibición de organizar, inducir o provocar peleas de perros, determinando las sanciones correspondientes.

Por esa razón, mencionó el diputado se propuso adicionar un artículo 344 al Código Penal del Estado de Sonora, para quedar como sigue: Tratándose de lesiones o muerte de perros, ocasionadas por peleas provocadas entre dichos animales, las penas previstas en los artículos 342 y 343 de este Código se incrementarán en una mitad más en sus mínimos y máximos para quienes hayan organizado, inducido, provocado o participado en dichas peleas, así como quien las permita en el lugar de su posesión o propiedad.

El Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado.

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