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La resolución emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación mediante la cual se resuelve el juicio numero SUP-JDC-90/2017 interpuesto el cual el actual presidente municipal de Ahuacatlan emanado del Partido de la Revolución Democrática determinaron que el consejero presidente del IEEN (Instituto Estatal Electoral de Nayarit) carece de competencia legal para emitir determinación alguna en la cual niegue a prominentes la posibilidad de participar en una elección para el mismo cargo.

Mediante la determinación del expediente que se menciona en el párrafo anterior el fallo de la sala superior del TEPJF viene a crear un precedente en el que se abre una ventana a la posibilidad de que los 33 diputados locales de la 61 legislatura y los 72 alcaldes en funciones en el estado de Sonora tengan la posibilidad de reelegirse por primera vez en el cargo que actualmente ocupan.

Ahora bien, el presente expediente que se explica habla de un alcalde de otro estado de la república, sin embargo el mismo al buscar reelegirse el IEEN le niega esa posibilidad de participar en un proceso electoral negándole de esta manera un derecho constitucional situación similar a la que sucede en Sonora ya que actualmente por cuestiones de las leyes estatales no esta permitida la reelección en el estado.

El hecho de que se llegara a prohibir en 2018 la participación de algunos de los actuales Presidentes municipales o Diputados Locales de Sonora es un hecho que transgrede la Ley Federal Electoral y hay que recordar que en la pirámide de Kelsen se explica claramente que una ley de menor jerarquía como lo es la ley estatal no puede estar por encima de una ley federal, caso que es el que se ocupa.

En el estado de Nayarit la elección se llevara a cabo el 4 de junio de este año.

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